Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/218727
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.3o. J/14 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218727
Clave de tesis
II.3o. J/14
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 56, Agosto de 1992; Pág. 43

AGRAVIOS, SU EXAMEN POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 56, Agosto de 1992; Pág. 43

Precedentes

Amparo directo 152/89. Humberto Guadarrama Pedroza. 29 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Julieta María Elena Anguas Carrasco. Amparo directo 308/89. Pedro Merced Estrada y otro. 24 de Mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Julieta María Elena Anguas Carrasco. Amparo directo 73/90. Marciana Flores Ramírez. 8 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretario: Cuauhtémoc González Alvarez. Amparo directo 188/90. Silviano Iñigo López. 18 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: María Concepción Alonso Flores. Amparo directo 333/91. Fraccionadora y Constructora Tulpa, S.A. 8 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretario: Francisco Javier Rebolledo Peña. Nota: En igual sentido se dictó la diversa tesis VI.2o.J/30 publicada en la página 592 del tomo IV Segunda Parte-2 de la Octava Epoca del Semanario Judicial de la Federación, cuyo rubro es: "AGRAVIOS. EXAMEN QUE DE ELLOS DEBE HACER LA RESPONSABLE". Igualmente, la tesis de jurisprudencia sustentada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada con el número 112, en la Segunda Parte del Apéndice 1917-1988, pág. 184, con el mismo rubro. Véanse: Apéndice 1917-1995, tomo IV, Primera Parte, tesis 31, pág. 21. Apéndice 1917-1995, tomo IV, Segunda Parte, tesis 415, pág. 280.
Registro digital (IUS): 218727