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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218766
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 516

ACTOS NEGATIVOS. NO PUEDEN CONSIDERARSE COMO TALES, SI DERIVAN DE UN ACTO POSITIVO, YA QUE PARTICIPAN DE LA NATURALEZA DE ESTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 516

Precedentes

Amparo en revisión 704/92. Ignacio Quezada Pineda Bravo. 28 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Secretario: Benito Alva Zenteno.
Registro digital (IUS): 218766