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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218773
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 521

AMPARO DIRECTO IMPROCEDENTE, SI EL ACTO RECLAMADO LO CONSTITUYE LA RESOLUCION RECAIDA A UN RECURSO DE QUEJA, EN MATERIA ADMINISTRATIVA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 521

Precedentes

Amparo directo 273/92. José de la Luz Durán Ordóñez. 29 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Sánchez Fitta. Secretario: Anastasio González Martínez.
Registro digital (IUS): 218773