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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218775
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 522

AMPARO DIRECTO, IMPROCEDENCIA DEL, CUANDO SE RECLAMA LA DEFECTUOSA NOTIFICACION DE LA SENTENCIA DE PRIMER GRADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 522

Precedentes

Reclamación 1/92 en el Amparo Directo 115/92. Eduardo Espinoza González. 8 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Hernández Reyes. Secretario: José Guadalupe Hernández Torres.
Registro digital (IUS): 218775