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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218787
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 529

CANCELACION DE PLAZAS TRANSITORIAS, ES LEGAL EL ACUERDO CELEBRADO PARA LA, EN CUMPLIMIENTO DEL DECRETO DEL EJECUTIVO FEDERAL DE 31 DE DICIEMBRE DE 1987.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 529

Precedentes

Amparo directo 5316/92. Petróleos Mexicanos. 22 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Víctor Ruiz Contreras. Amparo directo 3966/92. Rutilio Cornejo Becerra. 23 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Secretario: Félix Arnulfo Flores Rocha.
Registro digital (IUS): 218787