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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218842
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 568

INFORME JUSTIFICADO. ES INCORRECTO EL PROCEDER DEL JUEZ DE DISTRITO AL IMPONER UNA MULTA A LA AUTORIDAD RESPONSABLE SI OBJETO EN CUANTO A SU VIGENCIA ALGUN DOCUMENTO AL RENDIR SU.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 568

Precedentes

Amparo en revisión 93/92. Enrique A. Sánchez Manchinelly. 19 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Miguel Angel Perulles Flores.
Registro digital (IUS): 218842