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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V.2o.132 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218846
Clave de tesis
V.2o.132 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 570

INTERDICTOS. PRUEBAS DESAHOGADAS ANTES DE LA ADMISION DE DEMANDA, VALOR DE LAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 570

Precedentes

Amparo directo 185/92. José Mario Salcedo Pimienta. 3 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Adán Gilberto Villarreal Castro. Secretaria: Edna María Navarro García.
Registro digital (IUS): 218846