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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.2o.A.326 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218939
Clave de tesis
I.2o.A.326 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Julio de 1992; Pág. 357

DEMANDA FISCAL. SU DESECHAMIENTO NO JUSTIFICA POR SI MISMO EL DESECHAMIENTO DE OTRA CONTRA LOS MISMOS ACTOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Julio de 1992; Pág. 357

Precedentes

Queja 372/92. Rosa María Caravantes Flores. 13 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Antonieta Azuela de Ramírez. Secretario: Manuel Rojas Fonseca.
Registro digital (IUS): 218939