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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 219002
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Julio de 1992; Pág. 409
SALUD, DELITO CONTRA LA. TRANSPORTACION DE ESTUPEFACIENTES.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Julio de 1992; Pág. 409
En el delito contra la salud en su modalidad de transportación de estupefacientes, previsto y penado por los artículos 193 y 197, fracción I, del Código Penal Federal, por transportación se entiende la movilización por cualquier medio de estupefacientes, que implique desplazamientos que involucren lugares distintos, movilización que debe tener una finalidad diversa de la simple posesión.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 551/91. Alvaro Robles Sibaja. 4 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.