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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 219007
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Julio de 1992; Pág. 413
SOBRESEIMIENTO JUICIO DE NULIDAD, POR NO HABERSE SEÑALADO TERCERO INTERESADO Y NO HABERSE EXHIBIDO COPIA DE LA DEMANDA PARA EL MISMO, IMPROCEDENTE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Julio de 1992; Pág. 413
La omisión en el escrito de demanda de señalar nombre y domicilio del tercero interesado no la previó el legislador como sanción específica alguna, en ninguna disposición del Código Fiscal Federal y al no haberse exhibido copia de la demanda para el mismo, por no haberse previamente determinado como parte en el juicio de nulidad, debió requerirse a la parte actora para su señalamiento y en su caso acompañar la copia para su emplazamiento y no sobreseer el juicio, porque con ello se le deja a la demandante en estado de indefensión infringiéndose en su perjuicio las garantías constitucionales establecidas en los artículos 14 y 16 constitucionales.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1643/91. Afianzadora Insurgentes, S.A. 13 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Lanz Cárdenas. Secretaria: María Antonieta Torpey Cervantes.