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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219014
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Julio de 1992; Pág. 425

TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION. JUICIO ANTE EL, NO RESULTA IMPROCEDENTE POR EL HECHO DE QUE EN LA DEMANDA SE ANOTE INCORRECTAMENTE LA DENOMINACION SOCIAL DE LA ACTORA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Julio de 1992; Pág. 425

Precedentes

Amparo directo 1233/91. México Internacional Kikaku Atracción, S.A. de C.V. 9 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Jesús García Vilchis.
Registro digital (IUS): 219014