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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 4o. A. J/19JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 219019
- Clave de tesis
- I. 4o. A. J/19
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 54, Junio de 1992; Pág. 31
REVISION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA. RECURSO IMPROCEDENTE AL NO ACREDITAR LA IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DEL NEGOCIO.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 54, Junio de 1992; Pág. 31
Es ineficaz para acreditar la importancia y trascendencia del asunto el argumento expresado por la autoridad, en el sentido de que la sentencia que se dicte en el recurso, habrá de determinar la naturaleza de las declaraciones que en formato para ser llenado por los contribuyentes expide la autoridad administrativa, estableciendo que se trata de declaraciones de particulares y al no ser resoluciones fiscales, el juicio de nulidad es improcedente conforme al artículo 21, fracción II, de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, causales de improcedencia que son de orden público, toda vez que tal razonamiento es común a múltiples asuntos y no puede aplicarse en exclusiva a un caso jurídico concreto, no teniendo entonces, el carácter de excepcional.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Revisión contenciosa administrativa 54/91. Tesorero del Departamento del Distrito Federal. 27 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Secretario: Jacinto Figueroa Salmorán.
Revisión contenciosa administrativa 174/91. Jefe del Departamento del Distrito Federal y otras. 7 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Secretario: Jacinto Figueroa Salmorán.
Revisión contenciosa administrativa 224/91. Tesorero del Departamento del Distrito Federal. 5 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Secretario: Jacinto Figueroa Salmorán.
Revisión contenciosa administrativa 274/91. Procurador Fiscal del Distrito Federal. 19 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Secretaria: Silvia Martínez Saavedra.
Revisión contenciosa administrativa 84/92. Tesorero del Departamento del Distrito Federal. 2 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretaria: Clementina Flores Suárez.