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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 4o. A. J/19JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219019
Clave de tesis
I. 4o. A. J/19
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 54, Junio de 1992; Pág. 31

REVISION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA. RECURSO IMPROCEDENTE AL NO ACREDITAR LA IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DEL NEGOCIO.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 54, Junio de 1992; Pág. 31

Precedentes

Revisión contenciosa administrativa 54/91. Tesorero del Departamento del Distrito Federal. 27 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Secretario: Jacinto Figueroa Salmorán. Revisión contenciosa administrativa 174/91. Jefe del Departamento del Distrito Federal y otras. 7 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Secretario: Jacinto Figueroa Salmorán. Revisión contenciosa administrativa 224/91. Tesorero del Departamento del Distrito Federal. 5 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Secretario: Jacinto Figueroa Salmorán. Revisión contenciosa administrativa 274/91. Procurador Fiscal del Distrito Federal. 19 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Secretaria: Silvia Martínez Saavedra. Revisión contenciosa administrativa 84/92. Tesorero del Departamento del Distrito Federal. 2 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretaria: Clementina Flores Suárez.
Registro digital (IUS): 219019