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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V.2o. J/37JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219039
Clave de tesis
V.2o. J/37
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 54, Junio de 1992; Pág. 53

PRUEBAS DE OFICIO. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO PROCEDE CUANDO EL JUEZ DEJA DE RECABAR LAS CONSTANCIAS NECESARIAS PARA RESOLVER EL AMPARO.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 54, Junio de 1992; Pág. 53

Precedentes

Amparo en revisión 149/91. Poblado Arizpe, Municipio de Arizpe, Sonora. 6 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Adán Gilberto Villarreal Castro. Secretario: Arturo Ortegón Garza. Amparo en revisión 150/91. Poblado Arizpe, Municipio de Arizpe, Sonora. 6 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Adán Gilberto Villarreal Castro. Secretario: Arturo Ortegón Garza. Amparo en revisión 4/92. Federico Vivián Acosta y otro. 11 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Adán Gilberto Villarreal Castro. Secretario: Arturo Ortegón Garza. Amparo en revisión 233/91. Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Reforma Agraria, a nombre del Presidente de la República, del Secretario de dicha Secretaría, del Subsecretario de Asuntos Agrarios en ausencia de estos y en la del Subsecretario de Organización y Desarrollo Agrario y Oficial Mayor. 11 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Nabor González Ruiz. Secretaria: Ana Bertha González Domínguez. Amparo en revisión 72/92. Cuerpo Consultivo Agrario. 6 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Nabor González Ruiz. Secretario: Sergio I. Cruz Carmona.
Registro digital (IUS): 219039