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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX.51 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219058
Clave de tesis
XX.51 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 353

APERCIBIMIENTO CONTENIDO EN EL ARTICULO 873 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, SI LA JUNTA RESPONSABLE NO DIO CUMPLIMIENTO. DEBE ORDENARSE LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 353

Precedentes

Amparo directo 528/91. Abel González Sánchez. 14 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Noé Gutiérrez Díaz.
Registro digital (IUS): 219058