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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 28 de abril de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 71/2003-PS en que participó el presente criterio.

I. 3o. C. 464 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219068
Clave de tesis
I. 3o. C. 464
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 346

ALIMENTOS, CARGA DE LA PRUEBA CUANDO LA MUJER TRABAJA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 346

Precedentes

Amparo directo 1173/92. Sabino Flores Durán. 12 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretario: Vicente C. Banderas Trigos. Nota: Por ejecutoria de fecha 28 de abril de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 71/2003-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 219068