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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 219099
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 366
COPIA CERTIFICADA. CARECE DE VALIDEZ CUANDO SE OMITEN LOS DATOS DEL EXPEDIENTE O LEGAJO CON QUE FUE COMPULSADA, AUN CUANDO SE HALLE SELLADA Y FIRMADA POR EL FUNCIONARIO CORRESPONDIENTE LA CERTIFICACION.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 366
No se encuentra debidamente requisitada y por tanto produce la invalidez de la certificación, aun cuando en el reverso de la copia fotostática se aprecie que se imprimió un sello que resulta ser de la autoridad que lo expide y firmado por el funcionario correspondiente, pero se advierte también que se omitió llenar en los espacios necesarios los datos del expediente o legajo donde fueron compulsadas.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 417/91. Comité Particular Ejecutivo de la Primera Ampliación del Ejido "Efraín Angel Gutiérrez", Municipio de Mazatlán, Chiapas. 5 de diciembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: José Gabriel Clemente Rodríguez.