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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 219145
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 404
PRUEBA PERICIAL, AUN CUANDO HAYA SIDO PRACTICADA POR UNA PERSONA QUE NO ES PERITO EN LA MATERIA, NO LE RESTA VALIDEZ A LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 404
La circunstancia de que el dictamen pericial haya sido emitido por una persona que no es perito en la materia, no le resta validez, en la medida que la pericial más que un medio de prueba, es una forma de asistencia intelectual técnica que se presta al juez natural en el momento de la valoración de los medios probatorios, quien por lo mismo, está en aptitud de aceptar o rechazar el contenido de una prueba técnica.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 475/91. Aristóteles Avila Urrutia y otra. 6 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Ramiro Joel Ramírez Sánchez.