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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219183
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 430

SUSPENSION CONDICIONAL DE LA PENA. BUENA CONDUCTA, REQUISITO PARA LA CONCESION DE LA. (LEGISLACION DE JALISCO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 430

Precedentes

Amparo directo 1/92. Antonio Torres García. 4 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón. Secretario: Luis Enrique Vizcarra González.
Registro digital (IUS): 219183