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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219188
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 432

SUSPENSION PROVISIONAL. CASO EN QUE PROCEDE SIN OTORGAMIENTO DE GARANTIA, TRATANDOSE DE VEHICULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 432

Precedentes

Queja 164/92 (X). Director de la Policía Fiscal Federal. 2 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Disidente: José Méndez Calderón, actuando en su ausencia Jacinto Figueroa Salmorán. Secretario: Oscar Germán Cendejas Gleason.
Registro digital (IUS): 219188