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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219199
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 439

TESTIGOS, LA CIRCUNSTANCIA DE QUE SEAN TRABAJADORES DEL PATRON DEMANDADO NO SIGNIFICA QUE SEAN PARCIALES SUS TESTIMONIOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 439

Precedentes

Amparo directo 482/91. Manuel Núñez González. 24 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Rigoberto Ochoa Murillo. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, tesis 1946, pág. 3139.
Registro digital (IUS): 219199