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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 2/2013, de la que derivó la tesis jurisprudencial PC.I.L. J/2 L (10a.) de rubro: "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. OPORTUNIDAD PARA OFRECER PRUEBAS.", publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 3, Tomo II, febrero de 2014, página 1786.

Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219200
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 440

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. OPORTUNIDAD PARA OFRECER PRUEBAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 440

Precedentes

Amparo directo 1453/92. Carlos Martínez Oria. 1o. de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: José Morales Contreras. Amparo en revisión 293/86. Banobras, S.A. 1o. de abril de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Pablo V. Monroy Gómez. Séptima Epoca, Volúmenes 217-228, Sexta Parte, pág. 670. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 2/2013, de la que derivó la tesis jurisprudencial PC.I.L. J/2 L (10a.) de rubro: "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. OPORTUNIDAD PARA OFRECER PRUEBAS.", publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 3, Tomo II, febrero de 2014, página 1786.
Registro digital (IUS): 219200