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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219300
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 421

DECLARACION RENDIDA POR EL INCULPADO ANTE EL AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO, AUN CUANDO NO HAYA SIDO FIRMADA POR EL INTERPRETE, ESTA NO SE INVALIDA SI AL DECLARAR EN PREPARATORIA ESTANDO PRESENTE SU INTERPRETE LA RATIFICA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 421

Precedentes

Amparo directo 577/91. Martín Sánchez Gómez. 23 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Ramiro Joel Ramírez Sánchez.
Registro digital (IUS): 219300