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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219310
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 427

DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y PROPUESTA DE UN ARREGLO, PRESUPONE EL RECONOCIMIENTO DE LA RELACION DE TRABAJO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 427

Precedentes

Amparo directo 410/91. José Domingo Espinoza y otra. 3 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Rigoberto Ochoa Murillo.
Registro digital (IUS): 219310