Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/219370
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219370
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 467

MEDIOS DE APREMIO. FACULTADES DE LA JUNTA DE CONCILIACION, TRATANDOSE DE LA APLICACION DE LOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 467

Precedentes

Amparo en revisión 51/92. Jesús Rosas Ibarra. 13 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Sánchez Fitta. Secretario: Anastasio González Martínez.
Registro digital (IUS): 219370