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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219380
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 475

OFRECIMIENTO DE TRABAJO, ES DE MALA FE CUANDO NO COMPRENDA SALARIO MINIMO PROFESIONAL EN UNA PLAZA QUE ASI LO REQUIERA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 475

Precedentes

Amparo directo 133/92. Juan Martínez Marín. 22 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Cruz Martínez. Secretario: Roberto Ruiz Martínez. Amparo directo 331/90. Víctor Manuel Chable Junco. 23 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretaria: Esperanza Guadalupe Farías Flores. Octava Epoca, Tomo VII-Marzo, pág. 182. Amparo directo 207/88. María del Rocío Haro Robledo. 31 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario: Víctor Jáuregui Quintero. Octava Epoca, Tomo II, Segunda Parte-2, pág. 365.
Registro digital (IUS): 219380