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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219410
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 493

PROCEDIMIENTO, REPOSICION DEL. CUANDO SE AGREGAN MATERIALMENTE LOS INFORMES JUSTIFICADOS, SIN EL ACUERDO CORRESPONDIENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 493

Precedentes

Amparo en revisión 457/91. Cirilo Gerónimo González. 4 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Romero Morrill. Secretario: Gilberto Pérez Herrera. Amparo en revisión 54/87. Serafín Marín Padrón y otro. 27 de abril de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandro Roldán Velázquez. Secretario: Gilberto Pérez Herrera. Séptima Epoca, Volúmenes 217-228, Sexta Parte, pág. 460.
Registro digital (IUS): 219410