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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219422
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 498

PRUEBA TESTIMONIAL, CORRECTO DESECHAMIENTO DE LA, CUANDO SE OFRECEN VARIAS, EN APARTADOS SEPARADOS, Y CON ELLAS SE PRETENDE DEMOSTRAR LOS MISMOS HECHOS. (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 498

Precedentes

Amparo directo 839/91. Juan Ortega Díaz. 16 de enero de 1992. Mayoría de votos de Jorge Figueroa Cacho y María de los Angeles E. Chavira Martínez, contra el voto de Carlos Hidalgo Riestra. Ponente: Jorge Figueroa Cacho. Secretario: Roberto Macías Valdivia.
Registro digital (IUS): 219422