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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 219441
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 515
REINSTALACION. PARA DETERMINAR SI SU OFRECIMIENTO ES DE BUENA FE, DEBE ATENDERSE A LAS CONDICIONES REALES DE LA RELACION LABORAL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 515
Para que un ofrecimiento de trabajo pueda considerarse de buena fe, no necesariamente tiene que hacerse en los mismos términos y condiciones que afirme el trabajador en su demanda, sino en aquellos en los que efectivamente se prestó el servicio correspondiente y que pueden ser demostrados por el patrón en la secuela del juicio laboral. Es decir, independientemente de que el patrón controvierta alguna de las condiciones afirmadas por su contrario, tales como el sueldo, horario y el puesto desempeñado, si aquél demuestra que lo que señaló en su contestación es verdadero y el ofrecimiento de reinstalación lo hizo en esos términos y condiciones, debe considerarse de buena fe.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 89/92. Angel Flores Rojas. 5 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretario: José de Jesús Echegaray Cabrera.