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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219477
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 542

SOBRESEIMIENTO POR INACTIVIDAD PROCESAL. PROMOCIONES QUE NO INTERRUMPEN EL TERMINO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 542

Precedentes

Amparo directo 50/90. Minera Capela, S.A. de C.V. 21 de enero de 1992. Mayoría de votos de Rogelio Camarena Cortés y Ramón Medina de la Torre, en contra del voto de Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Ponente: Ramón Medina de la Torre. Secretario: Manuel Andrade Aceves.
Registro digital (IUS): 219477