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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219500
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 561

UNIVERSIDAD VERACRUZANA. LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO TIENE COMPETENCIA PARA CONOCER Y RESOLVER LAS CONTROVERSIAS SURGIDAS ENTRE AQUELLA Y SU PERSONAL ACADEMICO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 561

Precedentes

Amparo directo 1119/86. Carlos Arturo Gómez Vignola. 29 de noviembre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Eliel E. Fitta García. Secretario: Pedro Pablo Hernández Lobato.
Registro digital (IUS): 219500