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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219538
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 397

ABANDONO DE PERSONA, AUN CUANDO EL INCULPADO DEPOSITE PENSIONES A FAVOR DE SUS ACREEDORES ALIMENTARIOS, SI ESTAS SON INSUFICIENTES PARA SUFRAGAR SUS MAS ELEMENTALES NECESIDADES COMETE EL DELITO DE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 397

Precedentes

Amparo directo 534/91. Saturnino López González. 21 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Miguel Angel Perrulles Flores.
Registro digital (IUS): 219538