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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219554
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 404

ACOPIO DE ARMAS, INEXISTENCIA DEL DELITO DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 404

Precedentes

Amparo directo 411/90. Cuauhtémoc Labastida Salazar. 7 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Antonio Hernández Martínez. Secretario: Oscar Barrera Garza.
Registro digital (IUS): 219554