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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 219627
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 445
BILLETES FALSOS, DELITO DE CIRCULACION DE. EN GRADO DE TENTATIVA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 445
El delito de circulación de billetes de banco alterados emitidos en una nación extranjera, solamente alcanzó el grado de tentativa, si los billetes que pretendían ser puestos en circulación, fueron devueltos al activo por ser falsos.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 67/91. Jorge Amaro Rojas. 17 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Lucio Lira Martínez. Secretario: Arturo Ramírez Pérez
Amparo directo 292/90. José Luis Sánchez Valencia. 21 de mayo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Lucio Lira Martínez. Secretario: Humberto Castañeda Martínez.
Octava Epoca, Tomo VIII-Noviembre, página 165.