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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219684
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 480

DEMANDA DE AMPARO, LAS HUELLAS DIGITALES QUE LA CALZAN, CONSTITUYE UNA IRREGULARIDAD QUE SI PUEDE DAR LUGAR A LA ACLARACION DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 480

Precedentes

Improcedencia 430/91. Salvador Chávez Gómez. 10 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Figueroa Cacho. Secretario: Juan Manuel Rochín Guevara.
Registro digital (IUS): 219684