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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 219769
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 539
LESIONES, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 539
La fe de las lesiones inferidas al sujeto pasivo, para la comprobación del cuerpo del delito sólo es necesaria en ausencia de otros elementos de prueba que, por sí mismos, permitan llegar a la certeza de la existencia de las lesiones.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 521/91. Héctor Corona López. 3 de diciembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.
Véase:
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, Tesis 1083, página 1724.