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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.2o.C.366 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219822
Clave de tesis
III.2o.C.366 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 573

PRESCRIPCION NEGATIVA, EXCEPCION DE. CUANDO ES PROCEDENTE, NO ES NECESARIO ESTUDIAR, PREVIAMENTE LA ACCION INTENTADA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 573

Precedentes

Amparo directo 52/92. Fraccionamiento 18 de Marzo, S.A. 12 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Rodolfo Moreno Ballinas. Secretario: Juan Luis González Macías.
Registro digital (IUS): 219822