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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VIII.2o.6 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219848
Clave de tesis
VIII.2o.6 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 587

PRUEBA TESTIMONIAL. NO ES LA IDONEA PARA DEMOSTRAR LA FILIACION CON EL AUTOR DE LA SUCESION (ARTICULOS 340, 360 Y 369 DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE COAHUILA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 587

Precedentes

Amparo en revisión 584/91. María Isidora Martínez Huerta viuda de Rábago. 8 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Camacho Reyes. Secretaria: Laura Julia Villarreal Martínez.
Registro digital (IUS): 219848