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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219907
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 622

RIÑA Y PRETERINTENCIONALIDAD SON INCOMPATIBLES. HOMICIDIO COMO RESULTADO DE LA PRIMERA. (CODIGO PENAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 622

Precedentes

Amparo directo 581/91. Carlos Salazar Silva. 26 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Barocio Villalobos. Secretario: Carlos Rafael Domínguez Avilán.
Registro digital (IUS): 219907