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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
219982
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 676

VIOLACION A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO. LA CONSTITUYE LA OMISION DE SEÑALAR EN LA RESOLUCION CONSTITUCIONAL LA FECHA DE SU EMISION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 676

Precedentes

Amparo en revisión 235/91. Transportes Urbanos Foráneos y Turísticos de Empalme, S.A. de C.V. 15 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Enrique Moya Chávez. Secretario: Francisco Raúl Méndez Vega.
Registro digital (IUS): 219982