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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220041
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Marzo de 1992; Pág. 125

ACCION REIVINDICATORIA. TITULO ANTERIOR A LA POSESION DEL DEMANDADO. EN QUE SUPUESTO DEBE EXHIBIRSE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Marzo de 1992; Pág. 125

Precedentes

Amparo directo 211/91. María Isabel Pérez Núñez. 7 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arturo González Zárate. Secretario: Juan Bonilla Pizano. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XCVIII, Cuarta Parte, página 9 y Séptima Epoca, Volumen 64, Cuarta Parte, página 13.
Registro digital (IUS): 220041