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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220065
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Marzo de 1992; Pág. 140

APELACION, RECURSO DE. SI SE DECLARA DESIERTO, LA SALA NO PUEDE ENTRAR AL ESTUDIO DE LOS AGRAVIOS. (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Marzo de 1992; Pág. 140

Precedentes

Amparo directo 855/91. Arnulfo Pérez Rodríguez. 13 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretaria: María del Rocío F. Ortega Gómez.
Registro digital (IUS): 220065