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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220170
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Marzo de 1992; Pág. 213

IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LA RESOLUCION DEL CONGRESO DEL ESTADO QUE DECLARA INFUNDADA LA DENUNCIA CONTRA UN SERVIDOR PUBLICO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Marzo de 1992; Pág. 213

Precedentes

Amparo en revisión 158/91. Fernando y Cuauhtémoc Platt Lucero. 15 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón. Secretaria: Elsa Navarrete Hinojosa.
Registro digital (IUS): 220170