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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220198
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Marzo de 1992; Pág. 231

JURISPRUDENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. TIENEN OBLIGACION DE ACATARLA LOS JUECES DEL FUERO COMUN.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Marzo de 1992; Pág. 231

Precedentes

Amparo en revisión 27/91. Estela Roque Caro. 16 de mayo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Raúl Juárez Herrera. Secretario: José Hernández Villegas.
Registro digital (IUS): 220198