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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 220312
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Marzo de 1992; Pág. 303
SENTENCIA FISCAL. OBLIGACION DE LA SALA FISCAL DE ANALIZAR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEPTOS DE NULIDAD HECHOS VALER. EFECTOS DE LA CONCESION DEL AMPARO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Marzo de 1992; Pág. 303
Al dejar de analizar la Sala del Tribunal Fiscal de la Federación algún agravio hecho valer por la recurrente en contra de la resolución combatida y que se encuentre en relación directa con ésta por dirigirse a impugnar los razonamientos esgrimidos por la autoridad emisora para motivarla, deja de cumplir con el imperativo legal que le impone el artículo 237 del Código Fiscal de la Federación, por lo que debe concederse al quejoso el amparo, para el efecto de que se deje insubsistente la sentencia combatida y la Sala responsable dicte otra en que se analice el concepto de nulidad omitido.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 405/91. Funerales Valle de la Paz, S.A. 23 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Juan Antonio Ramos Padilla.
Amparo directo 424/91. Industrias Metálicas Lozano, S.A. 31 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Juan Antonio Ramos Padilla.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, Tesis 1774, página 2844.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia IV.2o. J/14, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, junio de 1996, página 732, de rubro: "SENTENCIA FISCAL. OBLIGACION DE LA SALA FISCAL DE ANALIZAR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEPTOS DE NULIDAD HECHOS VALER, EFECTOS DE LA CONCESION DEL AMPARO."