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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220320
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Marzo de 1992; Pág. 306

SUPLETORIEDAD DE LA LEY. EL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE JALISCO NO TIENE ESE CARACTER RESPECTO DEL CODIGO DE COMERCIO, TRATANDOSE DE LA DESIGNACION DEL DEPOSITARIO DE BIENES EMBARGADOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Marzo de 1992; Pág. 306

Precedentes

Amparo en revisión 568/91. Eduardo Castro Domínguez. 19 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Oscar Vázquez Marín. Secretario: Luciano Martínez Sandoval.
Registro digital (IUS): 220320