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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VII. 2o. J/6 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220367
Clave de tesis
VII. 2o. J/6
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 70

AGRAVIOS. CUANDO NO SE CONSTITUYEN POR NO AFECTAR LOS INTERESES DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE QUE LOS ESGRIME.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 70

Precedentes

Amparo en revisión 172/89. Secretario General de Gobierno. 27 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto González Bozziere. Secretaria: Mercedes Cabrera Pinzón. Amparo en revisión 580/88. Procurador General de la República. 6 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Lucio Marín Rodríguez. Amparo en revisión 398/90. Delegado del Séptimo Circuito de la Procuraduría General de la República. 20 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Martínez Aragón. Secretaria: Edith Cedillo López. Amparo en revisión 634/89. Director General de la Policía Judicial del Distrito Federal. 4 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Martínez Aragón. Secretario: Heriberto Sánchez Vargas. Amparo en revisión 452/90. Delegado del Séptimo Circuito de la Procuraduría General de la República. 7 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Lucio Marín Rodríguez. Nota: Esta tesis también aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, número 50, Febrero de 1992, página 71.
Registro digital (IUS): 220367