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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V.2o. J/23 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 220394
- Clave de tesis
- V.2o. J/23
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 98
PRUEBA TESTIMONIAL. INDEBIDA DECLARACION DE DESERCION DE LA, CUANDO EL OFERENTE SOLICITO A LA JUNTA CITARA A LOS TESTIGOS POR ENCONTRARSE IMPOSIBILITADO PARA PRESENTARLOS.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 98
Si al celebrarse la etapa de ofrecimiento de pruebas de la audiencia a que se refiere el artículo 875 de la Ley Federal del Trabajo, la demandada expresó que estaba imposibilitada para presentar a sus testigos por las razones que adujo y por ello solicitó a la Junta que los citara en sus domicilios, es indudable que cumplió con lo dispuesto por el artículo 813, fracción II, de la ley en cita, en mérito de lo cual, la referida responsable al declarar desierta esa probanza, en virtud de que la oferente no presentó personalmente a sus aludidos testigos, conculcó dicho precepto, e hizo que se actualizara la violación a las leyes del procedimiento a que se refiere la fracción III del diverso artículo 159 de la Ley de Amparo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 353/90. Mónica Guadalupe Armenta Vázquez. 13 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretario: Isidro Pedro Alcántara Valdés.
Amparo directo 82/91. Teresa Valdés Cerecer. 24 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez- Mellado García. Secretaria: Ma. del Carmen Gabriela Herrera Martínez.
Amparo directo 344/91. Rafael Velázquez Alvarez. 18 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretario: Isidro Pedro Alcántara Valdés.
Amparo directo 339/91 relacionado con el 338/91. Operadora de Restaurantes y Licorerías Rene'S, S.A. de C.V. 6 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Lucio Antonio Castillo González. Secretario: José Rafael Coronado Duarte.
Amparo directo 442/91. José Arturo Oros Gallego. 21 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Nabor González Ruiz. Secretario: Rafael Aguilar Hernández.
Nota: Esta tesis también aparece en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Materia Laboral, Segunda Parte, tesis 868, página 601; así como en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación número 50, página 55.