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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220437
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 131

APELACION EN MATERIA MERCANTIL, DESECHAMIENTO DEL RECURSO DE. ALCANCE DE LA JURISPRUDENCIA SUSTENTADA POR LA TERCERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION AL RESOLVER LA CONTRADICCION DE TESIS 5/83.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 131

Precedentes

Improcedencia 38/91. María Caridad Escalante de Sada. 30 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Aurelio Sánchez Cárdenas. Improcedencia 37/91. María Caridad Escalante de Sada. 30 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Elvira Concepción Pasos Magaña.
Registro digital (IUS): 220437