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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220507
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 174

DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. CUANDO NO RESULTA EXTEMPORANEA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 174

Precedentes

Improcedencia 91/91. María Barragán Mandujano. 24 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Javier Pons Liceaga. Secretario: Esteban Alvarez Troncoso.
Registro digital (IUS): 220507