Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/220554
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
220554
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 202

IMPROCEDENCIA EN AMPARO. ES INDEBIDO EXIGIR A UN COPROPIETARIO, LA REPRESENTACION DE LOS DEMAS COPROPIETARIOS, CUANDO EL ACTO RECLAMADO CONSTITUYE UNA EXIGENCIA PERSONAL AL COPROPIETARIO QUEJOSO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 202

Precedentes

Amparo en revisión 1933/91. Rosario Trujillo Santana. 7 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Jesús García Vilchis.
Registro digital (IUS): 220554